La CIDH, CNDH y DDHPO abandonaron a los desplazados triquis de Copala frente al Estado mexicano

El desplazamiento forzado interno del pueblo indígena triqui de San Juan Copala evidencia, con brutal claridad, el fracaso de las instituciones nacionales e internacionales encargadas de proteger los derechos humanos.

Ni la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ni la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), ni la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) actuaron con la firmeza, imparcialidad o voluntad necesarias para garantizar justicia a los desplazados que fueron violentamente expulsados de su comunidad por grupos paramilitares desde 2010.

Durante más de una década, los desplazados triquis sobrevivieron en el exilio sin acceso a vivienda, trabajo, salud, educación, seguridad ni atención gubernamental. Sufrieron amenazas, intimidaciones, discriminaciones, difamaciones y represiones, sin que el Estado reconociera oficialmente su condición de víctimas. Aunque algunos organismos emitieron medidas cautelares o recomendaciones, estas resultaron ineficaces. El Estado mexicano, tanto a nivel federal como estatal, simplemente las ignoró.

La única medida que logró activar una respuesta oficial, aunque limitada, fue la MC-197-10, otorgada por la CIDH el 7 de octubre de 2010, a favor de tan solo 135 habitantes de San Juan Copala. Sin embargo, en lugar de funcionar como un mecanismo de protección colectiva, esta medida fue mal implementada y utilizada por el Estado con el fin de dividir al movimiento.

El gobierno de Oaxaca canalizaba los recursos y ayudas únicamente a través de los representantes de las personas cauteladas. Los dirigentes, en vez de distribuir los apoyos con justicia y equidad, los acaparaban, mal repartían o simplemente no llegaban a los beneficiarios.

Esta práctica institucionalizó una jerarquía entre las víctimas: los que tenían medida cautelar y los que no, como si la dignidad, el derecho a la justicia y la ayuda dependieran de un documento. A quienes no estaban amparados por la medida se les negó todo: no fueron escuchados, atendidos, ayudados, reparados ni reconocidos como víctimas del desplazamiento forzado interno.

El propio gobierno estatal les cerró las puertas con el argumento de que no tenían "derechos, voz ni votos" al no contar con medidas cautelares.

Así se profundizó una violencia estructural disfrazada de legalidad, mientras que el gobierno federal se mantuvo ausente y cómplice en su omisión, indolencia, indiferencia y silencio.

A esta exclusión sistemática se sumó una estrategia política de cooptación y división.

En agosto de 2013, Arturo Peimbert Calvo, entonces titular de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, intervino no para defender derechos, sino para desarticular el movimiento, la protesta y el plantón que los desplazados triquis del grupo de Lorena Merino Martínez sostenían bajo los portales del Palacio de Gobierno.

A petición del entonces gobernador Gabino Cué Monteagudo, negoció con un grupo de desplazados encabezado por Braulio Hernández Hernández y Mariana Flores López, quienes aceptaron beneficios personales —dinero, camioneta, educación, empleo en la Defensoría y otros privilegios— a cambio de desconocer a Lorena Merino como representante del grupo, abandonar el plantón indefinido y llegar a acuerdos con el gobierno estatal.

Esta alianza selló una traición: se vendió la dignidad de muchos a cambio del silencio y los privilegios de unos cuantos. Quienes no aceptaron las condiciones del gobierno y de Arturo Peimbert fueron difamados y criminalizados. La mayoría de los desplazados abandonó el grupo y el plantón por dinero, cinco millones de pesos. Solo los seguidores fieles de Lorena Merino resistieron, siguieron la lucha y el plantón.

El golpe final llegó el 1 de diciembre de 2022, cuando la CIDH canceló la medida cautelar a petición del Estado mexicano, de los desplazados triquis del grupo de Braulio Hernández y Mariana Flores, y del propio Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas (CEDHAPI), organización “defensora de derechos humanos” que inicialmente gestionó la medida cautelar en 2010.

La CIDH tomó esta decisión sin consultar a todas las personas afectadas, sin verificar que los riesgos hubieran cesado o desaparecido, y sin garantizar condiciones mínimas de retorno, reubicación o reparación.

Con ello, la CIDH violó sus propios criterios, que exigen que: el riesgo que motivó la medida haya desaparecido o disminuido significativamente; las personas beneficiarias sean consultadas y estén de acuerdo; y existan garantías reales de protección, retorno o reparación.

Nada de esto se cumplió. El desplazamiento, las amenazas, la violencia y los asesinatos persisten; y las condiciones de vulnerabilidad y alto riesgo siguen afectando a otras comunidades triquis que también podrían ser desplazadas. Además, gran parte de las personas afectadas no fueron consultadas ni estuvieron de acuerdo con la cancelación, lo que constituye una violación a sus derechos.

Por tanto, la CIDH no solo incumplió su propio mandato, sino que profundizó la fragmentación, la vulnerabilidad y abandonó a quienes aún necesitan la protección, perpetuando la injusticia, el dolor y el sufrimiento.

A lo largo de estos años, se evidenció una profunda fractura entre los propios desplazados, producto de las decisiones estatales y la implementación selectiva y política de las medidas de protección.

En el grupo de desplazados triquis, encabezado por Lorena Merino, había personas con y sin medidas cautelares otorgadas por la CIDH. Sin embargo, a diferencia de otros grupos, este fue completamente excluido por el gobierno de Oaxaca, sin acceso real a apoyos, atención integral, interlocución o reconocimiento. 

Al contrario, sus integrantes fueron sistemáticamente difamados, criminalizados y reprimidos por Arturo Peimbert Calvo, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca y el propio gobierno estatal. 

Esta discriminación no se basó en criterios jurídicos o de riesgo, sino en una estrategia deliberada para castigar políticamente a quienes no se sometieron a las condiciones impuestas por el Estado y sus operadores. 

Así, incluso quienes contaban con medidas cautelares dentro de este grupo, fueron ignorados, perseguidos y excluidos, dejando en evidencia el uso faccioso y selectivo de los mecanismos de protección.

Hoy, el desplazamiento del pueblo triqui de San Juan Copala continúa. La protección internacional ha desaparecido, pero la violencia, las amenazas, los asesinatos, la pobreza, la injusticia y la impunidad siguen siendo la realidad cotidiana de los desplazados. Las instituciones encargadas de defender los derechos humanos han fallado gravemente, dejando a las víctimas en total estado de indefensión, desprotección y abandono.

El caso de los desplazados triquis es una llamada de alerta sobre los límites, omisiones, complicidades y manipulación política que existen dentro de los mecanismos internacionales y nacionales de protección.

Es urgente que la CIDH y demás organismos revisen sus procedimientos, escuchen y atiendan a las víctimas, y asuman una postura coherente con su mandato de defensa de los derechos humanos, especialmente cuando se trata de pueblos indígenas en situación de extrema vulnerabilidad.



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