Arely Reyes Terán y el caso de Alberto Israel Jasso Cruz: ¿Justicia o sentencia en X?

El 24 de julio de 2026 estalló una polémica que trasciende las redes sociales y golpea el corazón mismo del Estado de derecho. La magistrada del Tribunal de Justicia Administrativa de Puebla, Arely Reyes Terán, publicó en X un comentario sobre el caso del profesor Alberto Israel Jasso Cruz que muchos consideraron no solo insensible, sino incompatible con la investidura de una persona encargada de impartir justicia.

Su frase —"Además de haber violentado a la víctima, quiere culpabilizarla, se hubiera matado antes"— no fue la opinión de una ciudadana cualquiera. Fue la expresión pública de una magistrada que, por la naturaleza de su cargo, está obligada a actuar con imparcialidad, prudencia y respeto a los principios constitucionales. Cuando quien debe garantizar la presunción de inocencia parece emitir un veredicto desde una red social, el problema deja de ser un simple tuit y se convierte en un asunto institucional.

La indignación no nació por defender a un acusado o desacreditar a una presunta víctima. Surgió porque la justicia no puede administrarse desde las emociones, las convicciones personales o la presión de las tendencias digitales. Un juzgador no está para anticipar culpabilidades, sino para garantizar que el debido proceso prevalezca sobre los prejuicios.

La presunción de inocencia no existe para proteger delincuentes; existe para impedir que cualquier persona sea condenada sin pruebas suficientes y sin una resolución emitida por una autoridad competente. Cuando ese principio es relativizado por quienes tienen el deber de protegerlo, la confianza ciudadana en las instituciones comienza a erosionarse.

Resulta igualmente preocupante que, hasta ahora, no se haya informado de un procedimiento disciplinario ni de una investigación pública sobre la conducta de la magistrada. Si los servidores públicos exigen responsabilidad a los ciudadanos, con mayor razón deben rendir cuentas cuando sus propias acciones comprometen la credibilidad de la justicia.

Las redes sociales no suspenden las obligaciones éticas de los funcionarios. La libertad de expresión es un derecho, pero también lo es el deber de preservar la imparcialidad cuando se ejerce una función jurisdiccional.

La pregunta de fondo no es si Arely Reyes Terán tenía derecho a opinar. La verdadera pregunta es si una magistrada puede emitir juicios públicos sobre un caso controvertido sin afectar la confianza en el sistema judicial. Porque cuando los jueces parecen dictar sentencias desde X antes que desde los tribunales, quien pierde no es una persona: es la justicia misma.



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